Al determinar que no se le ha vulnerado derecho al debido proceso, porque Sala De Instrucción que lo investiga no tiene superior funcional y, por tanto, contra sus decisiones no procede apelación ni queja.
Fuente: Corte Suprema de Justicia
URL: https://cortesuprema.gov.co/corte/wp-content/uploads/2023/05/STP4504-2023.pdf