Bogotá, 13 de julio de 2023
NOTICIA EN DESARROLLO: La Sala Plena de la Corte Constitucional decidió no pronunciarse de fondo en la demanda presentada contra la Ley 2272 de 2022 (Arts. 2, parcial, 12 y 18)por ineptitud sustantiva de la demanda. La Sala concluyó que ninguno de los cargos formulados cumplía con los requisitos exigidos y se declaró inhibida.
Las magistradas Natalia Ángel Cabo y Diana Fajardo Rivera se reservaron la posibilidad de presentar una aclaración de voto. Por su parte, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najarse apartó de la posición mayoritaria ysalvó su voto, pues consideró que la demanda sí tiene aptitud sustancial para ser fallada de mérito.
Vea la síntesis del salvamento de voto del Magistrado en el siguiente enlace: https://www.corteconstitucional.gov.co/noticia.php?S%C3%ADntesis-del-salvamento-de-voto-del-magistrado-Jorge-Enrique-Ib%C3%A1%C3%B1ez-Najar-9549
Fuente: Corte Constitucional
URL: https://www.corteconstitucional.gov.co/noticia.php?Corte-decidi%C3%B3-no-pronunciarse-de-fondo-en-una-demanda-presentada-contra-la-Ley-2272-de-2022-9551